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Artículo 3 de la Ley 19.133

Interpreta articulo 7° del decreto ley n° 3.058, de 1979, y modifica otras disposiciones del mismo y de la ley n° 18.863, sobre remuneraciones del poder judicial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30500 / 8811214.

Texto oficial

Artículo 3°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 4° del decreto ley N° 3.058, de 1979: a) Auméntanse en un once por ciento los montos de la asignación judicial correspondiente al Escalafón del Personal Superior. b) Reemplázase el porcentaje del "90%" de la asignación judicial correspondiente al Escalafón del Personal de Empleados, por "100%". c) Reemplázanse los porcentajes de la misma asignación correspondientes a los grados X y XI del Escalafón de Asistentes Sociales, de "60%" y "50%", respectivamente, por "100%", en ambos casos.