Texto oficial
Artículo 2°.- Créase en Concepción un Juzgado del Crimen que se denominará Cuarto Juzgado del Crimen de Concepción, con jurisdicción en las comunas de Concepción, Penco y Hualqui.
Divide jurisdiccion de los juzgados de concepcion y talcahuano y crea el cuarto juzgado del crimen de concepcion
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