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Artículo 24 de la Ley 19.169 · Establece normas sobre otorgamiento de premios nacionales

Establece normas sobre otorgamiento de premios nacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30536 / 7189597.

Texto oficial

Artículo 24.- La Ley de Presupuestos del Sector Público consultará cada año, en el Capítulo 01, Programa 01 Subsecretaría de Educación, Subtítulo 25, ítem 31 Transferencias al Sector Privado de la Partida 09 correspondiente al Ministerio de Educación, los recursos necesarios para cubrir los gastos que demande la aplicación de esta ley, exceptuados los correspondientes a las pensiones vitalicias, los que se imputarán al ítem 50-01-03-24-30.101 "Jubilaciones, Pensiones y Montepíos" de la Partida Tesoro Público. En los casos de los premios contemplados en el artículo 9 bis, los recursos necesarios para cubrir los gastos correspondientes serán consultados cada año en la Ley de Presupuestos del Sector Público.