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Artículo 6 de la Ley 19.179

Modifica planta nacional de cargos del ministerio de vivienda y urbanismo y servicios dependientes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30546 / 8510101.

Texto oficial

Artículo 6°.- El encasillamiento no afectará a la calidad jurídica del personal de planta, al tiempo de permanencia para la asignación de antigüedad y demás efectos estatutarios, al derecho a jubilación en relación con el beneficio derivado de desempeñar un cargo en la planta directiva o poseer un grado tope en la respectiva planta y cualquier otro beneficio relativo a su situación previsional y demás condiciones del personal, razón por la cual no podrá significar disminución de remuneraciones, de bienios de que esté gozando a la fecha del encasillamiento, ni la pérdida de otros beneficios. Toda diferencia será pagada por planilla suplementaria, la que será imponible y reajustable en la misma forma y montos en que lo sean las remuneraciones que compensa.