Texto oficial
Artículo 21.- Sin perjuicio del ejercicio de sus
derechos políticos, el personal de la Dirección,
cualquiera que sea su cargo o la naturaleza de su
vinculación jurídica con ella, no podrá participar ni
adherir a reuniones, manifestaciones, asambleas, o cualquier
otro acto que revista carácter político-partidista o de
apoyo a candidatos a cargos de representación popular.
Tampoco podrá participar de modo similar con ocasión de
actos plebiscitarios.