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Artículo 40 de la Ley 19.220 · Regula establecimiento de bolsas de productos

Regula establecimiento de bolsas de productos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30587 · idParte: 8500673

Texto oficial

Artículo 40.- En lo no previsto por esta ley, se aplicarán en forma supletoria las normas contenidas en la Ley N° 18.045, sobre Mercado de Valores, y las relativas a las sociedades anónimas abiertas.