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Artículo 5 transitorio de la Ley 19.247

Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta; modifica tasa del impuesto al valor agregado; establece beneficio a las donaciones con fines educacionales y modifica otros textos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30614 / 8668640.

Texto oficial

Artículo 5° Transitorio.- El crédito establecido en el artículo 2° de la Ley de Donaciones con Fines Educacionales será de un 70% durante los años comerciales 1994 y 1995, y de un 60% en el año 1996, cuando el destino permanente de las donaciones sea encargar su inversión a una entidad bancaria a través de una Comisión de Confianza permanente, de aquellas referidas en el inciso cuarto del artículo 6° de esta ley.