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Artículo 5 de la Ley 19.269

Modifica plantas de personal de servicios que indica y dicta normas en materia de personal de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30636 / 8510193.

Texto oficial

Artículo 5°.- Modifícase, a contar del 1° de enero de 1993, el decreto con fuerza de ley N° 3, de 1990, del Ministerio de Agricultura, que adecuó las plantas de personal del Instituto de Desarrollo Agropecuario, en la forma que a continuación se indica: 1. Créanse los siguientes cargos en las plantas y grados que se señalan: Plantas/Cargos Grados Número E.U.S. Cargos PLANTA DE DIRECTIVOS Director Regional 5 1 PLANTA DE PROFESIONALES Profesionales 5 9 Profesionales 6 8 PLANTA DE TECNICOS Técnicos 9 5 Técnicos 10 6 Técnicos 11 10 Técnicos 12 5 Técnicos 13 4 2. Modíficanse los requisitos establecidos para el ingreso y promoción a los grados 12 y 15, respectivamente, de la Planta de Profesionales, en el siguiente sentido: Donde dice: "a) Título Profesional de una carrera de diez semestres o más"; Debe decir: "a) Título Profesional de una carrera de ocho semestres o más.".