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Artículo 5 de la Ley 19.278 · Concede beneficios que indica a profesionales de la educacion que señala

Concede beneficios que indica a profesionales de la educacion que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30645 / 9047270.

Texto oficial

Artículo 5°.- Lo dispuesto en los artículos anteriores no afectará para ningún efecto legal, al monto de la remuneración básica mínima nacional establecida en el artículo 35 de la Ley N° 19.070.