Texto oficial
Artículo 4°.- Facúltase a los administradores
generales de fondos solidarios de crédito universitario
para repactar y consolidar las deudas a que se refieren los
artículos transitorios precedentes.
Modifica ley 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de credito universitario
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30654 / 8639977.