Texto oficial
Artículo 20°.- Créase en la planta del juzgado de
letras de Tocopilla, un cargo de oficial segundo y un cargo
de oficial tercero con los grados de la Escala de Sueldos
Bases Mensuales del Personal del Poder Judicial que a cada
cargo corresponde, sin perjuicio de los aumentos de
dotación que la ley determine.