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Artículo TERCERO transitorio de la Ley 19.301

Modifica diversos cuerpos legales relativos a mercado de valores, administración de fondos mutuos, fondos de inversion, fondos de pensiones, compañias de seguros y otras materias que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30668 / 8750224.

Texto oficial

Artículo tercero.- Las Cámaras de Compensación en actual funcionamiento, dispondrán de un plazo de seis meses a contar de la fecha de publicación de esta ley, para adecuar sus estatutos y reglamentos a las disposiciones del Título XIX.