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Artículo 4 de la Ley 19.308

Introduce modificaciones en las plantas de personal del ministerio de salud y de organismos dependientes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30675 / 8454049.

Texto oficial

Artículo 4°.- Intercálase, a contar del primer día del mes siguiente a la fecha de publicación de esta ley, en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 28, de 1992, del Ministerio de Salud, que fijó la planta de personal para el Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana, la siguiente letra "C)", nueva: "C) PLANTA DE TECNICOS", pasando las actuales letras "C)" y "D)" a ser "D)" y "E)", respectivamente. Los cargos y grados que conformarán esta planta provendrán de la aplicación de los artículos 1° y 5° de esta ley.