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Artículo 6 de la Ley 19.308

Introduce modificaciones en las plantas de personal del ministerio de salud y de organismos dependientes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30675 / 8454051.

Texto oficial

Artículo 6°.- La distribución de los diferentes porcentajes de asignación de estímulo para los lugares de desempeño de los profesionales funcionarios generales de zona, establecidos en el inciso tercero del artículo 7° de la ley N° 19.112, no ha debido significar disminución en las remuneraciones percibidas por los profesionales funcionarios de esta categoría, que se desempeñaban con anterioridad al 1° de enero de 1992, en la localidad de que se trate.