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Artículo 35 de la Ley 19.342 · Regula derechos de obtentores de nuevas variedades vegetales

Regula derechos de obtentores de nuevas variedades vegetales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30709 / 8640267.

Texto oficial

Artículo 35.- El Departamento publicará en el boletín del Registro de Variedades Protegidas una nómina de los títulos otorgados y de las inscripciones efectuadas.