Texto oficial
Artículo 3°.- Mientras no se dicte el reglamento de la presente ley, continuarán rigiendo los decretos supremos reglamentarios respecto de las materias reguladas en éste, en lo que no sean contrarios a sus disposiciones.
Regula derechos de obtentores de nuevas variedades vegetales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30709 / 8640282.