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Artículo 3 transitorio de la Ley 19.379 · Fija plantas de personal de los servicios administrativos de los gobiernos regionales

Fija plantas de personal de los servicios administrativos de los gobiernos regionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30746 / 8915854.

Texto oficial

Artículo 3°.- Durante los años 1995 y 1996, las remuneraciones de los cargos que se suprimen en la planta de la Corporación de Fomento de la Producción, se considerarán para los efectos de la aplicación del inciso segundo del artículo 9° del decreto con fuerza de ley N° 211, de 1960.