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Artículo 8 de la Ley 19.380

Establece modalidades de aplicacion de los reavaluos de bienes raices no agricolas y modifica leyes n°s 19.000, 19.034 y 19.339

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30747 / 8454065.

Texto oficial

Artículo 8°.- Sustitúyese en el inciso primero del artículo 2° de la ley N° 19.034, modificado por el artículo 2° de la ley N° 19.339, la frase "hasta el 30 de junio de 1995" por "hasta el 30 de junio de 1996"; y la frase "1° de julio de 1995" por "1° de julio de 1996".