Texto oficial
Artículo 4°.- Las enajenaciones a título gratuito de
bienes comunes que se efectúen en conformidad con las
disposiciones de esta ley, estarán exentas del trámite de
insinuación y de los impuestos que graven tales actos.
Establece normas para enajenacion de bienes comunes provenientes de la reforma agraria
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