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Artículo 12 de la Ley 19.403 · Concede aumento extraordinario a pensiones de viudez y otras que señala

Concede aumento extraordinario a pensiones de viudez y otras que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30770 / 7191568.

Texto oficial

Artículo 12.- No tendrán derecho a las bonificaciones establecidas en esta ley, quienes sean titulares de más de una pensión de cualquier régimen previsional, incluido el seguro social de la ley N° 16.744.