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Artículo 13 de la Ley 19.403 · Concede aumento extraordinario a pensiones de viudez y otras que señala

Concede aumento extraordinario a pensiones de viudez y otras que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30770 / 7191569.

Texto oficial

Artículo 13.- Corresponderá a la Superintendencia de Seguridad Social determinar los montos de las bonificaciones dispuestas en los artículos 1° y 2° de esta ley, como también las que resulten de la aplicación de los reajustes e incrementos que procedan respecto de ellas, por aplicación de esta ley.