Texto oficial
Artículo 10.- Autorízase en las provincias de Arica y
Parinacota el establecimiento de recintos denominados
centros de exportación para el ingreso, depósito y
comercialización al por mayor de mercancías de acuerdo a
las normas del presente Párrafo.
La administración y explotación de los centros de
exportación será entregada por el Estado de Chile mediante
licitación, a través del Ministerio de Hacienda, a las
personas naturales o jurídicas que cumplan con los
requisitos y exigencias establecidos en las bases que al
efecto determine dicha Secretaría de Estado. La
adjudicación se verificará mediante contratos cuyas
condiciones serán pactadas con el interesado de conformidad
a las leyes nacionales.
Los requisitos y condiciones generales de los procesos
de licitación, de las bases y de los contratos de
concesión relativos a la administración y explotación de
los centros de exportación, serán establecidos mediante
Decreto Supremo expedido a través del Ministerio de
Hacienda.
Las bases señaladas en el inciso precedente, así como
el contrato respectivo, podrán exigir a los administradores
la construcción y explotación de recintos destinados a la
exhibición de productos y prestación de servicios anexos,
como banca, transportes, seguros u otros, así como la
habilitación de instalaciones y equipamiento necesario para
el funcionamiento de los servicios fiscalizadores.
La individualización y delimitación de los sitios de
propiedad de los administradores o tomados por éstos en
arrendamiento, en que funcionarán los centros de
exportación, deben constar en Decreto Supremo expedido a
través del Ministerio de Hacienda.
Toda controversia que se suscite con motivo de los
procesos de licitación, de la celebración e
interpretación de los contratos de concesión y de la
administración y explotación de los centros de
exportación, se someterá a la decisión de un juez
árbitro arbitrador, quien conocerá en única instancia, y
será elegido de común acuerdo por las partes en conflicto
y, a falta de acuerdo, por la justicia ordinaria.