Texto oficial
Artículo 34.- Lo dispuesto en el artículo 3° del
decreto ley N° 3.059, de 1979, no será aplicable en el
caso de cargas que provengan o tengan por destino los
puertos de la provincia de Arica.
Establece incentivos para el desarrollo economico de las provincias de arica y parinacota y modifica cuerpos legales que indica
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