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Artículo 9 de la Ley 19.465 · Establece sistema de salud de las fuerzas armadas

Establece sistema de salud de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30832 / 7191952.

Texto oficial

Artículo 9°.- La calidad de beneficiario se acreditará mediante el procedimiento común de identificación que determinen las Instituciones.