Texto oficial
Artículo 30.- Cesará en el ejercicio de su cargo el
Oficial Civil a quien sobreviniere alguna de las causales de
inhabilidad a que se refiere el artículo anterior.
Aprueba ley orgánica del servicio de registro civil e identificacion
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30844 / 7192132.