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Artículo 13 de la Ley 19.479

Introduce modificaciones a la ordenanza de aduanas y a la ley orgánica del servicio nacional de aduanas, dicta normas sobre gestion y personal de dicho servicio y sustituye su planta de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30846 / 8059851.

Texto oficial

Artículo 13.- Las horas de clases dictadas en los programas de capacitación del Servicio, serán remuneradas sobre la base de honorarios. Sus valores serán determinados mediante resolución del Jefe de Servicio, visada por la Dirección de Presupuestos.