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Artículo 13 transitorio de la Ley 19.479

Introduce modificaciones a la ordenanza de aduanas y a la ley orgánica del servicio nacional de aduanas, dicta normas sobre gestion y personal de dicho servicio y sustituye su planta de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30846 · idParte: 8059869

Texto oficial

Artículo 13.- Las concesiones vigentes para explotar recintos de depósito aduanero en terrenos de particulares continuarán sujetas a las disposiciones que actualmente las rigen, sin perjuicio del derecho de los concesionarios de solicitar la habilitación directa en los términos de esta ley.