Texto oficial
Artículo 3º bis.- Para los efectos de la
acreditación señalada en el artículo 3º anterior, los
fabricantes o proveedores de taxímetros, en adelante "el
solicitante", deberán presentar una solicitud ante el
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mediante la
plataforma electrónica de trámites de la Subsecretaría de
Transportes disponible en portal web
https://www.mtt.gob.cl/portaldetramites, o presencialmente
utilizando para ello el formato que se señala en el Anexo A
de la presente resolución, y que podrá ser descargado de
dicho portal. A la solicitud deberán acompañarse los
siguientes antecedentes y/o elementos:
a. Informe Técnico descriptivo que incluya, a lo
menos, lo siguiente:
i. Marca y modelo del taxímetro, con fotografías de
referencia.
ii. Características funcionales del taxímetro.
iii. Ficha de especificaciones técnicas del
taxímetro.
iv. Planos con vistas de planta, frontal y laterales,
donde se establezcan los detalles de diseño del taxímetro,
con sus correspondientes dimensiones.
v. Características constructivas del taxímetro,
incluyendo materiales, componentes y conexiones.
vi. Diagrama esquemático del circuito electrónico del
taxímetro.
vii. Requisitos y procedimientos de instalación y
calibración del taxímetro en el vehículo, si procede.
viii. Fotografías del taxímetro que muestren las
caras externas del mismo y que permitan apreciar los
detalles de las mismas, indicando claramente aquella parte
del taxímetro que permite la colocación del sello por
parte de la autoridad a que se refiere el numeral 1 del
artículo 1º.
ix. Diagramas de flujo de cada uno de los procesos y
subprocesos que ejecuta el taxímetro, complementados con
los antecedentes necesarios para entender su funcionamiento.
A la vez, el listado del programa computacional utilizado en
el taxímetro, impreso en un lenguaje fuente leíble, junto
con una copia en formato electrónico del mismo, deberán
estar a disposición del Ministerio y en las oficinas de
quien solicite la acreditación, en caso de ser requerido.
x. Muestra del comprobante o boleto que emite el
taxímetro.
xi. Marca, modelo y tipo de impresora, incluyendo los
detalles de la instalación física como eléctrica.
xii. Descripción del cable de conexión del taxímetro
al sistema eléctrico y al sistema sensor de distancias.
xiii. Descripción del sistema sensor de distancias.
xiv. Material de encapsulamiento del microprocesador y
circuitos de memoria, si correspondiere.
xv. Listado de funciones operacionales que no son
requisitos, pero que son de utilidad para el operador, si
cuenta con ellas, y su descripción de funcionamiento.
xvi. Tipo y capacidad de los fusibles del taxímetro,
de su instalación y su ubicación.
xvii. Descripción técnica de cumplimiento de cada
requisito establecido en el artículo 1º y artículo 1º
bis, en su caso, de la presente resolución.
b. Manual del usuario.
c. Un taxímetro completo, que se utilizará para
verificar físicamente las características de diseño y
componentes internos declarados en el informe técnico
señalado en la letra a. anterior. Tratándose de
solicitudes ingresadas a través de la plataforma
electrónica de trámites de la Subsecretaría de
Transportes, el taxímetro deberá acompañarse en el lugar
y dentro del horario que se señala en el inciso final del
presente artículo, computándose sólo a partir de su
presentación, el plazo a que se refiere el inciso
siguiente.
En un plazo no superior a 10 días hábiles, contados
desde la fecha de recepción de la solicitud, el Ministerio
de Transportes y Telecomunicaciones emitirá un
pronunciamiento respecto de los antecedentes presentados. De
no existir observaciones, se comunicará la fecha en que el
solicitante deberá presentar un segundo taxímetro,
instalado en un vehículo del tipo taxi, para su
verificación operacional. De haber observaciones, la
verificación aludida se realizará una vez subsanadas
éstas.
Para la verificación operacional será requerido que
el vehículo sea conducido por un conductor provisto por el
solicitante; dicho conductor deberá cumplir con todas las
normativas de tránsito que le sean aplicables.
En el evento que el modelo de taxímetro cumpla con
todas las características y especificaciones técnicas
descritas en la presente resolución, el Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones procederá a dictar la
resolución que establece el artículo 3º anterior.".
El horario de recepción de solicitudes presenciales, y
antecedentes o elementos relacionados será de 9:00 a 14:00
horas, de lunes a viernes (en días hábiles), en las
dependencias ubicadas en calle Vicente Reyes Nº 198, comuna
de Maipú, ciudad de Santiago, Chile.