Texto oficial
Artículo 4º.- La persona que requiera la inscripción deberá individualizarse mediante su cédula de identidad, dejándose constancia de ello en el formulario a que se refiere al artículo precedente.
Fija normas para la inhumacion de cadaveres en dias domingos y festivos del año 1970
idNorma: 3371 · idParte: 9031603