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Artículo 49 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Aprueba estatuto orgánico de la universidad de chile

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3380 · idParte: 9014942

Texto oficial

Artículo 49° Los cargos de las autoridades unipersonales son incompatibles entre sí y lo son también con la calidad de representante. Es incompatible, asimismo, la calidad de miembro de más de un Comité Directivo. Son incompatibles entre sí las funciones de representante en más de dos Consejos.