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Artículo 52 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Aprueba estatuto orgánico de la universidad de chile

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3380 · idParte: 9014945

Texto oficial

Artículo 52° Las elecciones generales de la Universidad, como también las elecciones las Sedes, Facultades y Departamentos, se realizarán entre los meses de Octubre y Noviembre del año que corresponda. Esta disposición no regirá en las elecciones complementarias.