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Artículo 66 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Aprueba estatuto orgánico de la universidad de chile

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3380 / 9014959.

Texto oficial

Artículo 66° Los estudiantes de la Universidad de Chile tienen derecho a la afirmación de sus propias ideas y a escoger la enseñanza y profesores que prefieran, lo que deberá ser considerado en la elaboración de los planes anuales de trabajo académico y en la asignación de funciones que dispongan los organismos competentes.