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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Deroga franquicias aduaneras que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3384 · idParte: 8890120

Texto oficial

artículo 3°- Deróganse a contar del 1° de Enero de 1980, las siguientes disposiciones legales: 1.- Artículo único de la ley 11.519, de 1954, modificado por el Artículo único de la ley 12.032, de 1956, y por el artículo 2° de la ley 16.412, de 1966; Artículo único de la ley 16.217, de 1965; Artículo 15° de la ley 16.319, de 1965; Artículo 1° de la ley 17.236, de 1969. 2.- D.F.L. 160, de 1953, de Hacienda. 3.- Artículo 1° del decreto ley 184, de 1973. 4.- Decreto de Hacienda 474, de 1976, modificado por los decretos de Hacienda N.os 175, de 1977, y 399, de 1977.