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Artículo 11 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Dicta normas sobre el derecho de aprovechamiento

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3385 / 8987631.

Texto oficial

Artículo 11°- La hipoteca de los derechos de aprovechamiento no sujetos al régimen de inscripción en el Registro de Aguas se entiende constituida desde la inscripción de la hipoteca del inmueble para el cual están destinados.