Texto oficial
Artículo 15°.- El nombramiento de los Oficiales y del
personal de Apoyo Científico-Técnico se hará por decreto
supremo, de acuerdo con las leyes vigentes, a propuesta de
la Dirección General de Investigaciones.
El personal de Nombramiento institucional será
designado mediante resolución del Director General y de
acuerdo con las necesidades de la Institución.
Los Aspirantes de la escuela de Investigaciones serán
designados asimismo, mediante resolución de la Dirección
General, a propuesta de la Escuela de Investigaciones.
A su vez, los Agentes Policiales Estudiantes serán
designados mediante resolución de la Dirección General, a
propuesta del Centro de Capacitación Profesional de la
Policía de Investigaciones de Chile.