Texto oficial
Artículo 44º.- En el decreto de nombramiento de los
Detectives del Escalafón de Oficiales Policiales
Profesionales de Línea y de los Subcomisarios del
Escalafón de Oficiales Policiales Profesionales, de una
misma promoción, la antigüedad se fijará de acuerdo con
el promedio de las notas obtenidas en los respectivos cursos
de la Escuela de Investigaciones.