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Artículo 46 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto del personal de policia de investigaciones de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3393 · idParte: 8980448

Texto oficial

Artículo 46°.- Los funcionarios de la Planta de Oficiales tendrán siempre mayor antiguedad que los de otras Plantas de la Institución. Los funcionarios de la Planta de Apoyo Científico- Técnico tendrán, mayor antiguedad que los pertenecientes a los Escalafones de la Planta de Apoyo General.