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Artículo 50 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto del personal de policia de investigaciones de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3393 · idParte: 8980453

Texto oficial

Artículo 50°. La Jefatura Superior de Policía de Investigaciones de Chile corresponde al Director General, designado en la forma prevista en la Ley Orgánica, quien ejerce el mando, la dirección y administracción de la Institución, y de cuyo comportamiento, eficiencia y disciplina responderá en conformidad a las leyes y reglamentos. Para los efectos anteriormente indicados, el Director General dictará las instrucciones y directivas que estime conveniente para el mejor desarrollo de los servicios.