Saltar al contenido

Artículo 59 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto del personal de policia de investigaciones de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3393 · idParte: 8980464

Texto oficial

Artículo 59°.- Para el conocimiento, estudio y valorización de las calificaciones del personal de planta existirán Juntas Calificadoras Zonales, una Junta Calificadora de Altas Reparticiones y una Junta Calificadora de Oficiales Superiores y Jefes. Además habrá una Junta de Apelaciones.