Texto oficial
Artículo 79°- También será considerado como
eliminado del servicio por invalidez de 2a. Clase, el
personal que fallezca en servicio activo a consecuencia de
haber padecido de leucemia. Paraplegia, hemiplegía o
estados demenciales post - traumáticos, previa resolución
médica, basada en los antecedentes clínicos del causante.