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Artículo 123 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto del personal de policia de investigaciones de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3393 / 8980549.

Texto oficial

Artículo 123°- Se aplicará a las pensiones de retiro y montepío, lo dispuesto en el artículo 98 de esta ley.