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Artículo 144 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto del personal de policia de investigaciones de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3393 · idParte: 8980578

Texto oficial

Artículo 144°.- Se entiende que la caución por desempeño funcionario, es aquella que debe rendir todo miembro de Investigaciones que tenga a su cargo la recaudación, administración o custodia de fondos o bienes fiscales, de cualquiera naturaleza, para asegurar el correcto cumplimiento de sus deberes y obligaciones, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 10.336, Orgánica de la Contraloría General de la República. Esta caución se rendirá ante el citado Organismo Contralor, en la forma y por el monto que se determina en la mencionada ley.