Texto oficial
Artículo 144°.- Se entiende que la caución por
desempeño funcionario, es aquella que debe rendir todo
miembro de Investigaciones que tenga a su cargo la
recaudación, administración o custodia de fondos o bienes
fiscales, de cualquiera naturaleza, para asegurar el
correcto cumplimiento de sus deberes y obligaciones, de
conformidad con lo dispuesto en la ley N° 10.336, Orgánica
de la Contraloría General de la República.
Esta caución se rendirá ante el citado Organismo
Contralor, en la forma y por el monto que se determina en la
mencionada ley.