Saltar al contenido

Artículo 41 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto de la universidad "arturo prat"

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3418 · idParte: 9031679

Texto oficial

De la Convocatoria Académica {ART. 41} Artículo 41.- El Consejo Académico propondrá al Rector las ocasiones y sus fechas, en que durante el año académico se otorgarán los grados a quienes hayan cumplido los requisitos para su obtención antes de dichas fechas.