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Artículo 45 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto de la universidad metropolitana de ciencias de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3421 · idParte: 9113191

Texto oficial

Del Vicerrector Académico (Arts. 45-48) Artículo 45°.- EL Vicerrector Académico es el funcionario superior de la Universidad que tiene la responsabilidad de la planificación, desarrollo, administración y coordinación de los asuntos académicos de la Corporación.