Saltar al contenido

Artículo 46 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto de la universidad metropolitana de ciencias de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3421 · idParte: 9113192

Texto oficial

Artículo 46°.- EL Vicerrector Académico es nombrado por el Rector previa aprobación de la Junta Directiva. La remoción de éste será facultad del Rector.