Saltar al contenido

Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija requisitos para descuento tributario de las donaciones a instituciones que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3423 / 7112756.

Texto oficial

Artículo 5°.- El Servicio de Impuestos Internos llevará un registro con la individualización de las instituciones donatarias que según el informe del Ministerio de Justicia cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2° del presente decreto con fuerza de ley. El referido registro se complementará con los antecedentes relativos al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2° y con la información a que aluden los artículos 6° y 7°. La existencia de la donataria en el registro será requisito suficiente para que el Servicio de Impuestos Internos continúe timbrando la documentación a que se refiere el artículo 3° de este decreto con fuerza de ley.