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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley n° 1.349, de 1976, que crea la comision chilena del cobre

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3428 / 8626442.

Texto oficial

Artículo 10°.- La Comisión Chilena del Cobre, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, formará su patrimonio con los aportes que anualmente le entregue la Ley de Presupuestos, y con los bienes que adquiera a cualquier título en el futuro.