Saltar al contenido

Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley n° 1.349, de 1976, que crea la comision chilena del cobre

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3428 · idParte: 8626451

Texto oficial

Artículo 17°.- Los productos y subproductos de las empresas de la gran minería del cobre se venderán en moneda de libre convertibilidad, salvo autorización de la Comisión Chilena del Cobre en conformidad a las normas que le fije el Banco Central de Chile.