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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Aprueba estatutos de la corporacion de asistencia judicial de las regiones de tarapaca y antofagasta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3431 / 8025980.

Texto oficial

Artículo 8°: El Consejo Directivo dirigirá la Corporación y administrará sus bienes con las más amplias facultades, pudiendo acordar la celebración de todos los actos y contratos que tiendan al cumplimiento de sus fines.