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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre premios nacionales

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3434 / 7112891.

Texto oficial

Art.4°Ley 16.746/68 Artículo 5°: El Premio Art.5°Ley17.595/72. Nacional de Ciencia se Art.5°D.L.681/74. otorgará cada dos años, al científico o equipo de científicos chilenos cuya obra en el campo de las ciencias puras o aplicadas del hombre o de la naturaleza, sea acreedora a esta distinción.